jueves, 19 de mayo de 2011

RECONOCIMENTO DE UNIONES DE HECHO NOTARIALMENTE

RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA

El Decano del CNL informó, que la Ley Nro. 29560, amplía la Ley Nro. 26662, Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos, permitirá que las parejas de convivientes sean reconocidas legalmente como tales a través de instrumento notarial; agregando que este proceso se realizará en menos de 30 días, lo que significa un plazo realmente  breve.

El Dr. Bazán dijo que dicha disposición permitirá que los convivientes tengan todos los derechos legales a través de las notarías del país y que el trámite de  reconocimiento ante la ley sea “rápido y eficiente”.

La convivencia genera entre las parejas una sociedad de gananciales que antes requería de un juicio de 3 ó 4 años ante el Poder Judicial para poder ser reconocida legalmente. Ahora, dicho reconocimiento se realizará en menos de un mes, a través de los notarios del Perú, afirmó el Dr. Bazán Naveda. El reconocimiento legal de las parejas de convivientes permitirá que se validen, también, sus derechos patrimoniales, apuntó.

El Decano del Colegio de Notarios de Lima (CNL) dijo que los convivientes que están libres de impedimento para contraer matrimonio, pueden hacer que se reconozca su estado de convivencia mediante un trámite notarial que termina en una escritura pública.

Para obtener el reconocimiento notarial de convivencia, las parejas deberán presentar una solicitud de reconocimiento que incluirá los nombres y las firmas de ambos solicitantes y la constancia expresa que conviven de manera continua no menos de dos años. También, se deberá añadir una declaración respecto que los solicitantes se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno de ellos tenga vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.

También se incluirá el certificado domiciliario de los solicitantes y certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por la oficina registral perteneciente a la jurisdicción en la que residen. Así, también, la declaración de dos testigos que acrediten la convivencia de los solicitantes.

El Decano del CNL informó, además, que en los primeros días de agosto se llevará a cabo un conversatorio donde se informará a los Notarios de todo el país los alcances y la mecánica del funcionamiento de la Ley Nro. 29560. Agregó que en el XI Congreso Nacional del Notariado, a llevarse a cabo en Tarapoto, del 24 al 27 de julio del presente, se hará un espacio en la agenda para tocar tan importante tema.

Colegio de Notarios de Lima 16 de Julio del 2010

No hay comentarios:

Publicar un comentario