jueves, 13 de septiembre de 2012

TENER PRESENTE PARA EL PARCIAL

ESTIMADOS ALUMNOS:
DDEBE TENERSE PRESENTE ASPECTOS FACTUALES COMO:

- QUE CUANDO UN CIUDADANO RECONOCE A SU HIJOS GENERA DERECHOS Y OBLIGACIONES, ESTANDO A QUE HAY CAUSALES DE PÉRDIDAD, SUSPENCIÓN Y PRIVACIÓN DE LA PARIA POTESTAD. ASÍ MISMO, CUANDO UNO ADOPTA A UNA PERSONA NATURAL, ESTE DEJA DE SER PARTE DE LOS COSANGUÍNEOS Y SE ASIMILA A LA NUEVA FAMILIA LEGAL.

- DEBE TENERSE PRESENTE QUE CUANDO SE HA RECONOCIDO Y TOMADO CONOCIMIENTO QUE NO ES SU VÁSTAGO, TIENE PLAZOS.

- QUE TODOS SOMOS CAPACES DE PODER CONTRAER MATRIMONIO EN ARTICULO MORTIS, CLARO PUEDE SER ANTE SACERDOTE Y LUEGO SE FORMALIZA ANTE LA MUNICIPALIDAD.

- TENER PRESENTE QUE LOS ALIMENTOS TIENE SUS ALCANCES, Y CUIDADO QUE LA RECREACIÓN FORMA PARTE DE ELLOS, CUANDO SON MENORES DE EDAD Y QUE CUANDO ES PARA MAYORES DE EDAD, ESTÁ CONDICIONADA.

- TENER PRESENTE LAS CAUSALES DE NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL MATRIMONIO.

- DÓNDE SE EJECUTARÍA EL USUSFRUCTO DE LOS HIJOS MENORES.

viernes, 7 de septiembre de 2012

CAUSALES DE DIVORCIO

1.-) ADULTERIO:
Consiste en las relaciones sexuales con una persona distinta del cónyuge. El adulterio se configura por el simple acto sexual fuera del matrimonio.
¿Como se prueba el adulterio?
¿Cuales son los requisitos para invocar la causal de adulterio?
¿Hay caducidad para invocar esta causal?
2.-) VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLÓGICA QUE EL JUEZ APRECIARA SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS:
Son aquellos actos que implica manifestación de violencia física, lesiones graves y leves y violencia psicológica, que se produzca reiteradamente, por parte de un cónyuge a otro.
¿Cuales son las pruebas, condiciones y caducidad?
3.-) ATENTADO CONTRA LA VIDA DEL OTRO CONYUGE: Es el acto voluntario, intencional que uno de los cónyuges realiza contra el otro para quitarle la vida. es la tentativa de homicidio, que luego haría peligrosa la vida en común.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad?
4.-) INJURIA GRAVE QUE HAGA INSOPORTABLE LA VIDA EN COMUN: Ofensa, menoscabo de un cónyuge por el otro, que puede constituir cualquier hecho mediante el cual se ofende el honor y reputación o el decoro del otro cónyuge. ejemplo: Que uno de os cónyuges desatiende al otro, que sufre una enfermedad y requiere de una atención permanente.
5.-) ABANDONO INJUSTIFICADO DE LA CASA CONYUGAL POR MAS DE DOS AÑOS CONTINUOS: Alejamiento o expulsión de cónyuge del domicilio común, sin existir causas que justifiquen dicha actitud. El abandono debe ser voluntario.
¿Cuales son las pruebas?
6.-) CAUSAL DE CONDUCTA DESHONROSA QUE HAGA INSOPORTABLE LA VIDA EN COMUN: Que uno de los cónyuges se conduzca de una manera incorrecta, indecente e inmoral, es decir actúe contra el orden público, la moral y las buenas costumbres. ejemplos: la vagancia, el juego habitual, la ociosidad, la ebriedad habitual, conductas sexuales aberrantes (necrofilia, pederastia, bestialismo etc.)
7.-) CAUSAL DE USO HABITUAL E INJUSTIFICADO DE LAS DROGAS O DE SUSTANCIAS QUE PUEDA GENERAR TOXICOMANIA, SALVO LO DISPUESTO POR EL ART. 347: El uso de narcóticos, alucinógenos y estimulantes en forma habitual y sin justificación y que puedan ocasionar que la persona se convierta toxicómano.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad?
8.-) CAUSAL DE ENFERMEDAD GRAVE DE TRANSMISION SEXUAL: Las llamadas ETS son enfermedades de naturaleza infecciosa o parasitaria, que se transmiten por la relación sexual. Las más conocidas son : LADILLAS, GONORREA, SÍFILIS, HERPES GENITAL, VHI(Sida), CHANCRO BLANDO etc.
¿Cuales son las condiciones, pruebas y caducidad de la causal?
9.-) CAUSAL DE HOMOSEXUALIDAD SOBREVINIENTE AL MATRIMONIO: La atracción física entre personas del mismo sexo, se denomina homosexualismo.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad de la acción?
10.-) CAUSAL POR CONDENA POR DELITO DOLOSO A PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD MAYOR DE DOS AÑOS IMPUESTA DESPUES DE LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO: La copia determinante de esta causal será la copia certificada de la sentencia definitiva en donde conste la condena del cónyuge por delito de carácter doloso, cuya pena privativa de libertad sea superior a los dos años.
¿Cuando caduca?.
11.-) CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMUN, DEBIDAMENTE PROBADA EN PROCESO JUDICIAL: A pesar de su ambigüedad o deficiencia en su redacción, esta causal fue incorporada mediante ley 27495 y surge cuando la pareja no encuentra salida para sus conflictos: en nuestro concepto podrían ser por ejemplo: violencia familiar acreditada en un proceso judicial, juicio de alimentos, procesos penales de abandono de familia etc.
1.-) ADULTERIO:
Consiste en las relaciones sexuales con una persona distinta del cónyuge. El adulterio se configura por el simple acto sexual fuera del matrimonio.
¿Como se prueba el adulterio?
¿Cuales son los requisitos para invocar la causal de adulterio?
¿Hay caducidad para invocar esta causal?
2.-) VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLÓGICA QUE EL JUEZ APRECIARA SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS:
Son aquellos actos que implica manifestación de violencia física, lesiones graves y leves y violencia psicológica, que se produzca reiteradamente, por parte de un cónyuge a otro.
¿Cuales son las pruebas, condiciones y caducidad?
3.-) ATENTADO CONTRA LA VIDA DEL OTRO CONYUGE: Es el acto voluntario, intencional que uno de los cónyuges realiza contra el otro para quitarle la vida. es la tentativa de homicidio, que luego haría peligrosa la vida en común.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad?
4.-) INJURIA GRAVE QUE HAGA INSOPORTABLE LA VIDA EN COMUN: Ofensa, menoscabo de un cónyuge por el otro, que puede constituir cualquier hecho mediante el cual se ofende el honor y reputación o el decoro del otro cónyuge. ejemplo: Que uno de os cónyuges desatiende al otro, que sufre una enfermedad y requiere de una atención permanente.
5.-) ABANDONO INJUSTIFICADO DE LA CASA CONYUGAL POR MAS DE DOS AÑOS CONTINUOS: Alejamiento o expulsión de cónyuge del domicilio común, sin existir causas que justifiquen dicha actitud. El abandono debe ser voluntario.
¿Cuales son las pruebas?
6.-) CAUSAL DE CONDUCTA DESHONROSA QUE HAGA INSOPORTABLE LA VIDA EN COMUN: Que uno de los cónyuges se conduzca de una manera incorrecta, indecente e inmoral, es decir actúe contra el orden público, la moral y las buenas costumbres. ejemplos: la vagancia, el juego habitual, la ociosidad, la ebriedad habitual, conductas sexuales aberrantes (necrofilia, pederastia, bestialismo etc.)
7.-) CAUSAL DE USO HABITUAL E INJUSTIFICADO DE LAS DROGAS O DE SUSTANCIAS QUE PUEDA GENERAR TOXICOMANIA, SALVO LO DISPUESTO POR EL ART. 347: El uso de narcóticos, alucinógenos y estimulantes en forma habitual y sin justificación y que puedan ocasionar que la persona se convierta toxicómano.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad?
8.-) CAUSAL DE ENFERMEDAD GRAVE DE TRANSMISION SEXUAL: Las llamadas ETS son enfermedades de naturaleza infecciosa o parasitaria, que se transmiten por la relación sexual. Las más conocidas son : LADILLAS, GONORREA, SÍFILIS, HERPES GENITAL, VHI(Sida), CHANCRO BLANDO etc.
¿Cuales son las condiciones, pruebas y caducidad de la causal?
9.-) CAUSAL DE HOMOSEXUALIDAD SOBREVINIENTE AL MATRIMONIO: La atracción física entre personas del mismo sexo, se denomina homosexualismo.
¿Cuales son los requisitos, pruebas y caducidad de la acción?
10.-) CAUSAL POR CONDENA POR DELITO DOLOSO A PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD MAYOR DE DOS AÑOS IMPUESTA DESPUES DE LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO: La copia determinante de esta causal será la copia certificada de la sentencia definitiva en donde conste la condena del cónyuge por delito de carácter doloso, cuya pena privativa de libertad sea superior a los dos años.
¿Cuando caduca?.
11.-) CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMUN, DEBIDAMENTE PROBADA EN PROCESO JUDICIAL: A pesar de su ambigüedad o deficiencia en su redacción, esta causal fue incorporada mediante ley 27495 y surge cuando la pareja no encuentra salida para sus conflictos: en nuestro concepto podrían ser por ejemplo: violencia familiar acreditada en un proceso judicial, juicio de alimentos, procesos penales de abandono de familia etc.
12.-) SEPARACIÓN DE HECHO: QUE PUEDE SER POR HECHO PROPIO Y SIMPRE TOMANDO LA TEMPORALIDAD DE TENER HIJOS MENORES, DEBE MEDIAR 4 AÑOS, Y 2 SI NO SE TIENE TALES